Ph.D. Graduated in Philosophy at The University of Warwick. Now part time lecturer at UNAM/Claustro

Tuesday 6 August 2019

Discriminación - FFyL - UNAM

Hola a todas y todos,

Bienvenid@s a su curso de Filosofía de la Hist y las CS que en esta ocación estará dedicado al tema de la No-Discruiminación. 

Espero que juntos aprendamos mucho este semestre.

El syllabus es el siguiente:



UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS


LICENCIATURA EN FILOSOFÍA

 


ASIGNATURA: PROBLEMAS DE FILOSOFÍA DE LA HISTORIA Y DE LAS CIENCIAS SOCIALES
“Discriminación”
SEMESTRE

CICLO: 2020-1

ÁREA: Teórica


CLAVE

HORAS/SEMANA/SEMESTRE
 
TOTAL DE
 
CRÉDITOS


TEORÍCAS
PRÁCTICAS

HORAS















Carácter:

Tipo:

Modalidad: Curso

Asignatura precedente:
Asignatura subsecuente:


OBJETIVOS: En México existen y se reproducen relaciones sociales discriminatorias tanto en el ámbito de lo privado, como en el de la vida pública, institucional y cotidiana. Se trata de una cultura institucionalizada de desvalorización de las identidades de ciertos grupos que requiere ser modificada tanto en el marco legal e institucional como en el de la conducta, las ideologías, los sistemas de pensamiento, las prácticas cotidianas de todos y aún las creencias. Pero no existe claridad conceptual acerca de la naturaleza de la discriminación, los distintos tipos de discriminación y del tipo de daño especial que infringe en las personas, las instituciones y el tejido social. El curso se dedica a explorar las distintas posibilidades de conceptualizar la discriminación mediante las herramientas de la ética aplicada contemporánea.


NÚM. DE HRS. POR UNIDAD
TEMARIO

6
El concepto de Discriminación.

·      Investigación empírica, teórica y conceptual.
·      La discriminación desde el punto de vista empírico
·      La discriminación desde el punto de vista teórico de la Filosofía Política.
·      La discriminación como problema conceptual para la Ética.
·      La discriminación como problema de ética aplicada.

4
Tipos de Discriminación

  • Discriminación Directa
  • Discriminación Indirecta
  • Discriminación Estructural

4
El problema de la Discriminación Indirecta

  • La acción afirmativa
  • De vuelta al problema conceptual
  • ¿Cuál es el criterio Ético para determinar qué grupos son discriminados?

4
¿Qué tipo de daño hace la discriminación?

  • Obligaciones éticas de no dañar y de ayudar
  • Consecuencialismo, ética deontológica e intuicionismo
  • Derecho a hacer el daño
  • Tipos de discriminación y el daño especial que cada una infrinje

6
Crítica conceptual ¿Por qué discriminación y no injusticia, opresión o violación a los derechos humanos?

  • Lucha por los derechos civiles
  • Teorías de la injusticia
  • Multiculturalismo
  • Teorías de los derechos
  • Teorías de los derechos humanos
4
La discriminación en México

  • El concepto y la tarea del CONAPRED
  • Conceptualizaciones alternativas desde la Ética contemporánea mexicana.

2
Caso de estudio: El racismo en México

  • Concepto de raza desde la biología
  • Concepto de raza desde el constructivismo social
  • El problema de la racialización
  • El problema en México
  • Perspectivas normativas desde el concepto de discriminación



BIBLIOGRAFÍA BÁSICA

Rodríguez, J. (2006). Un marco teórico para la discriminación. México: Consejo para prevenir la discriminación. Disponible en línea:


BIBLIOGRAFÍA COMPLEMENTARIA

Lippert-Rasmussen, K. (2014). Born free and equal?: a philosophical inquiry into the nature of discrimination. Oxford University Press.

Lippert-Rasmussen, K. (2014). Indirect discrimination is not necessarily unjust. Browser Download This Paper.

Lippert-Rasmussen, K. (Ed.). (2017). The Routledge Handbook of the Ethics of Discrimination. Routledge.

Altman, A. (2015) “Debating Discrimination: Critical Review of Hellman and Moreau, eds., Philosophical Foundations of Discrimination Law.” Jurisprudence 6,156- 68.

Altman, A. “Discrimination,” The Stanford Encyclopedia of Philosophy (Fall 2015 Edition), Edward N. Zalta (ed.), URL =
http://plato.stanford.edu/archives/fall2015/entries/discrimination/ [14,500
words; substantive revision and update of 2011 version].

Moreau, S. (2010). What is discrimination?. Philosophy & Public Affairs38(2), 143-179.

Arneson, R. J. (2006). What is wrongful discrimination. San Diego L. Rev.43, 775.

Alexander, L. (1992). What makes wrongful discrimination wrong? Biases, preferences, stereotypes, and proxies. University of Pennsylvania Law Review141(1), 149-219.

Appiah, K. A. (2006), XV*—HOW TO DECIDE IF RACES EXIST. Proceedings of the Aristotelian Society (Hardback), 106: 365–382. 

Stuart, J., & Mill, J. S. (2005). El sometimiento de las mujeres(Vol. 291). EDAF.

Singer, P. (1986), Liberación animal: una ética para nuestro trato hacia los animales, México: Torres Asociados.

Villoro, L. (2015), El concepto de ideología: y otros ensayos, México: Fondo de Cultura Económica

OTROS TEXTOS

·      Hook, Sidney. 1995. “Reverse Discrimination,” in Steven Cahn, ed. The Affirmative Action Debate, New York: Routledge, pp. 145–152.
·      Jost, John. 1995. “The Injustice of Affirmative Action Involving Preferential Treatment,” in Steven Cahn, ed. The Affirmative Action Debate, New York: Routledge, pp. 293–304.
·      Macedo, Stephen. 1996. “Sexual Morality and the New Natural Law,” in R.P. George, ed. Natural Law, Liberalism, and Morality, Oxford, UK: Oxford University Press.
·      Wasserman, David. 1998. “Discrimination, Concept of,” in Ruth Chadwick, ed., Encyclopedia of Applied Ethics, San Diego, CA: Academic Press, pp. 805–814.
·      Wax, Amy, 2008. “The Discriminating Mind: Define It, Prove It,” Connecticut Law Review, 40: 979–1022.
·      Young, Iris. 1990. Justice and the Politics of Difference, Princeton: Princeton University Press.


ESTRATEGIAS DE ENSEÑANZA APRENDIZAJE

MECANISMOS DE EVALUACIÓN

Exposición oral                   
si    no
Exámenes parciales
si    no
Exposición audiovisual     
si    no
Exámenes finales
si    no
Ejercicios dentro del aula 
si    no
Trabajos y tareas fuera del aula
si   no
Ejercicios fuera del aula   
si    no
Participación en clase
 no
Seminario                          
si    no
Asistencia a prácticas
 no
Lecturas obligatorias         
si    no
Informe de investigación 
Si  no
Trabajos de investigación  
si    no
Otros:       
     
Prácticas de campo 
si    no
Otros:
 

Atención: El Martes 13 de Agosto de la semana 2 no habrá sesión porque estaré en el siguiente evento: 




Están Invitadas e invitados a ambos días (no habrá traducción simultánea). 

El texto central del curso es el de Rodriguez Zepeda:


El texto de la semana 3 es la sección  Discriminación y no discriminación: de las definiciones a los conceptos del de Rodriguez Zepeda y el texto de Shapiro las secciones 1.2-4 y 2.



El Texto de la semana 4 es el CAPÍTULO 2 de Azaehl:

https://www.dropbox.com/s/b8m0oag5js1jvgc/AzaehlAgosto2019.pdf?dl=0



La Justicia
Las circunstancias de la justica. Son las condiciones del mundo real que hacen de la justicia un problema a resolver. Se refiere esencialmente a la naturaleza humana como mutuamente desinteresada (ni tan egoísta ni tan altruista), a la moralidad humana como pluralista y a la naturaleza como recursos moderadamente escasos.

La Estructura Básica de la Sociedad. Se trata de el conjunto de instituciones políticas, económicas y sociales. La estructura básica es el objeto apropiado de una concepción de la justicia porque tiene enorme influencia en la vida de todos los miembros de una sociedad, dado que asignan deberes y derechos y da forma a los patrones de desventajas y ventajas que son resultado de la cooperación social. Hay estructuras sociales que favorecen la envidia y la desconfianza, otras que normalizan la explotación. La idea de Rawls es que la estructura básica de la sociedad puede ordenarse equitativamente para que las personas actúen libremente sin interferencias inmorales.

Utilitarismo. Es una teoría moral acerca de lo bueno. El bien se define como aquello que produce el mayor bien para el mayor para el mayor número de personas (Mill). Como objetivo social típicamente se cree que el utilitarismo requiere que la sociedad esté organizada para maximizar en promedio el mayor bienestar o utilidad agregados. Según Rawls el utilitarismo falla gravemente en tomar en cuenta a todos por igual al favorecer la maximización de la felicidad de la mayoría sobre los derechos de cada uno (objeción de la separatividad).

La Posición Original. Es un dispositivo heurístico que permite modelar las decisiones desde un punto de vista moral crítico. Se trata de utilizar un experimento mental para imaginar qué principios de justicia social escogerían para regular las condiciones en las que vivirán, personas que se encuentran detrás de lo que Rawls llama velo de la ignorancia. El velo de la ignorancia limita la información de la que disponen las partes que escogerán los principios de justicia. Fundamentalmente se trata de que las partes ignoren que posición social y qué ventajas gozan en la vida, para que su decisión acerca de los principios de la justicia no esté sesgada por los intereses relativos a esas posiciones, sino por el sólo interés de vivir equitativamente. La PO tiene un carácter moral entonces porque trata de modelar las condiciones necesarias para tomar decisiones con respecto a la equidad. Se trata de un carácter moral práctico definido por la naturaleza racional y razonable de los seres humanos. Las partes están simétricamente situadas y su decisión no está sesgada por las contingencias de la suerte y sus intereses de clase. Las partes tampoco saben que concepción del bien o de la moralidad tendrá, sólo saben que es bueno aumentar sus posibilidades de acceder a cierto tipo de bienes, como los bienes primarios: derechos, libertades, oportunidades, ingreso, bienestar y las bases sociales de la autoestima. Es fácil ver que la PO es hasta cierto punto una reconstrucción de la vieja doctrina del contrato social pero de una manera completamente hipotética.

Los Principios de la Justicia.

·       Primero, cada persona debe tener un derecho igual al esquema más extenso de libertades básicas iguales compatible con un esquema similar de libertades para otros.
·       Segundo, "Las desigualdades sociales y económicas deben de resolverse de modo tal que:
·       a) Resulten en el mayor beneficio de los miembros menos aventajados de la sociedad (el principio de la diferencia)
·      b) Los cargos y puestos deben de estar abiertos para todas las personas bajo condiciones de igualdad de oportunidades (justa igualdad de oportunidades)."

El primer principio aborda aspectos constitucionales esenciales acerca de los derechos más básicos de los ciudadanos. Por eso lo llaman principio de las libertades. El segundo principio aborda la igualdad de oportunidades. Por eso lo llaman principio de la igualdad porque se dedica a regular la distribución de oportunidades, ingreso y riqueza.

El Argumento desde la Posición Original. La idea general es que las partes en la PO escogerán la Justicia como Equidad sobre otras opciones como el utilitarismo y el perfeccionismo.
·      ¿Las partes escogerían la prioridad de la libertad sobre otras consideraciones? Las partes saben que las personas tendrán visiones morales diferentes y profundas y que tienen un interés fundamental en perseguir y alimentar estas visiones. Por lo tanto no pueden escoger desechar la prioridad de la libertad.
·      ¿Las partes escogerían el principio de la diferencia o preferirían maximizar el bienestar? Este principio incluye las ideas del igualitarismo liberal que requiere cambios muy profundos en las estructuras sociales por lo que es enormemente controvertido. Pero informalmente Rawls cree que la igualdad de oportunidades es de alguna manera analítica con respecto del ideal de cooperación social equitativa del que parte su teoría. Pero tras el velo de la ignorancia las partes pierden el poder de negociación asimétrico que tendrían según sus posiciones sociales y económicas reales y se dan cuenta que pueden alcanzar un punto de equilibrio (que premie el esfuerzo sin castigar la mala suerte) entre la igualdad absoluta aritmética y la maximización sin igualdad. Por lo tanto el principio de la diferencia no habla tanto de igualdad, como de desigualdad permisible.
Las partes escogerían TJ sobre el utilitarismo porque en la realidad siempre pueden correr el peligro de que sean aquellos más afortunados los que elijan su suerte, por lo que en vez de la regla de maximización simple emplean el maximin: escogen distribuciones que favorecen maximizaciones que más favorecen a los más desaventajados.


Equilibrio Reflexivo. La PO sólo es un dispositivo heurístico para valorar la racionalidad y razonabilidad de TJ, pero no es el único argumento para apoyarla. Hace falta mostrar también que es una concepción plausible y atractiva de modo que nosotros –y no sólo las personas ficticias de la PO—podamos apoyarla. El equilibrio reflexivo es un procedimiento de justificación moral basado en la reflexión moral. En el, recurrimos a nuestras convicciones acerca de la justicia y a la evidencia empírica y los confrontamos con los principios de TJ y la PO. Yendo de atrás para delante modificamos nuestras convicciones y/o nuestros principios hasta que alcancemos un equilibrio entre nuestras convicciones y los argumentos. La esperanza para una democracia liberal es que la mayoría de las personas alcancen un equilibrio similar en sus reflexiones que coincida con la TJ.

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Hola a todas y todos recuerden que para la Semana 6 el 20 de seguimos con el siguiente capítulo del trabajo de Hazaehl https://www.dropbox.com/s/b8m0oag5js1jvgc/AzaehlAgosto2019.pdf?dl=0
Habíamos revisado el cap. 2. Ahora por favor revisen el capítulo 3.

Saludos

E

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Hola a todas y todos,

La próxima clase terminamos con el capítulo tercero de Hazaehl y hacemos un repaso, para que el 1 de octubre hagamos un EXAMEN comparando las distintas teorías que hemos revisado. 

Saludos

E

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Hola a Todas y Todos,


La clase pasada del 15 de Octubre no hubo quorum, por los que llegamos pensamos en como distribuir las sesiones que quedan. El 22 de Octubre vamos a revisar el examen por lo que requiero de su asistencia puntual para que sepan cómo corregirlo para que puedan tener una nota decorosa. Ese mismo día abordaremos el problema de la acción afirmativa. El 29 de Octubre lamentablemente no habrá sesión porque voy a un evento en el CISAN de la UNAM al cual las y los invito cordialmente.
El 5 de Noviembre nuestra compañera Itsue nos hablará de algunos métodos de la teoría social que son relevantes para nuestra investigación. Entonces por favor procuren ser puntuales el 22 cuando menos. Si alguien más quiere participar con su proyecto, por favor escríbame a mi correo o dígame en clase. Dejo abajo la invitación al evento del CISAN y otro texto al que me voy a referir cuando hable de acción afirmativa además del largo capítulo de Jesús sobre la historia del problema en USA.

Invitación al CISAN


El Seminario Universitario de Estudios sobre Desplazamiento Interno, Migración, Exilio y Repatriación (SUDIMER), el Centro de Investigaciones sobre América del Norte y el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM

Convocan al Simposio “De Centro a Norteamérica: fronteras y exilio desde una perspectiva regional” Fecha: 29 de octubre de 2019 Horario: de 9:00 a 14:00 hrs Lugar: Sala de Seminarios del piso 7, Torre II de Humanidades, CISAN

Coordinadoras académicas: Dra. Camelia Tigau (CISAN/SUDIMER) y Dra. Luciana Gandini (IIJ/SUDIMER)

PROGRAMA 09:00 a 09:15 Registro 9:15 a 09:30 hrs – Inauguración Dra. Luciana Gandini (Instituto de Investigaciones Jurídicas y Seminario Universitario de Estudios sobre Desplazamiento Interno, Migración, Exilio y Repatriación, UNAM) Dra. Camelia Tigau (Centro de Investigaciones sobre América del Norte y Seminario Universitario de Estudios sobre Desplazamiento Interno, Migración, Exilio y Repatriación, UNAM) 9:30 a 11:30hrs -

Panel 1: Discusión teórica de las diásporas y el uso de fronteras Dra. Fiorenza Picozza (King’s College, London) Dr. Enrique Camacho (Facultad de Filosofía y Letras, UNAM) Dra. Amarela Varela (Universidad Autónoma de la Ciudad de México) Dr. Henio Hoyo (Centro de Investigación y Docencia Económicas) Moderador: Dr. Antonio Alejo (Instituto Gallego de Análisis y Documentación Internacional) 11:30 a 12:00 hrs – Receso 12:00 a 14:00 -

Panel 2: Derechos políticos de los extranjeros en México Dr. Robert González (Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo) Mtro. Alejandro De la Peña (Sin Fronteras I.A.P.) Dra. Elisa Ortega – Velázquez (Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM) Dr. Alejandro Mosqueda (Facultad de Filosofía y Letras, UNAM)) Moderadora: Dra. Camelia Tigau (Centro de Investigaciones sobre América del Norte)


Texto de Lea Ypi, revisar sólo el Capítulo II "Teoría Política Activista y Agencia de Vanguardia".

https://www.dropbox.com/s/9kozfmu6x0wevzq/YpiLeaJusticia%20Global.pdf?dl=0



Saludos E


_______

Hola a Todas y todos,

Como ya saben la clase del 29 de octubre voy a un coloquio en el CISAN (de 9:00 a 14:00 hrs Lugar: Sala de Seminarios del piso 7, Torre II de Humanidades, CISAN). Quedan invitadas e invitados. La clase del 5 de nov vamos a seguir un poco con la teoría social de la mano de Itsue que nos presentará parte de su investigación. Para ello nos propone que leamos la Introducción de Mallon y el capítulo 7 de Haslanger.

https://www.dropbox.com/s/3p58wfk1hf3pi10/Mallon%2C%20Ron%20-%20The%20construction%20of%20human%20kinds-Oxford%20University%20Press%20%282016%29%20copia.pdf?dl=0

https://www.dropbox.com/s/i4rnvcyzpj5w92j/Sally%20Haslanger%20-%20Resisting%20Reality_%20Social%20Construction%20and%20Social%20Critique-Oxford%20University%20Press%20%282012%29.pdf?dl=0

También Itsue nos comparte sus apuntes. Si alguien los quiere por favor pídamelos por correo. Adicionalmente Itsue muy amablemente nos preparó un handout para la sesión. Es el siguiente:

https://www.dropbox.com/s/7d5h91ra1nuqe0d/HandoutItsueDiscriminación%20y%20categor%C3%ADas%20sociales.docx?dl=0

Saludos Enrique